Un hombre de 25 años identificado como Rubén Alberto César fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de portación ilegítima de arma de fuego de uso civil condicionado ocurrido el pasado 16 de octubre. Así lo resolvió el jueves Carlos Leiva el martes 22 de diciembre en el marco del 44º juicio oral y público realizado en la provincia. En este caso se trató de un juicio por flagrancia, el primero de este tipo realizado en el marco de la Fiscalía Regional 2 (Rosario)
El fiscal que investigó el caso fue Fernando Dalmau, Fiscal de la Unidad de Investigación y Juicio N° 1 de Rosario, quien en su alegato de apertura requirió la pena de 4 años y 6 meses de prisión por el delito de portación de arma. El juicio se desarrolló entre el 14 y el 16 de diciembre. La Fiscalía llevó al debate a 11 testigos y la Defensa –a cargo de abogados particulares–, presentó seis testigos. El jueves 17 de diciembre se expusieron los alegatos de clausura.
Dalmau valoró la posibilidad de contar con el procedimiento por flagrancia, porque "se trata de una herramienta que permite agilizar los procesos y obtener una respuesta más rápida". En tal sentido, el fiscal del MPA sostuvo que "en este caso, a sólo dos meses de haber ocurrido el hecho, conseguimos una pena de prisión efectiva que supera el mínimo legal, y que esperamos marque un camino de aquí en adelante".
El funcionario del MPA también consideró importante que, "a pesar de las impugnaciones presentadas por la Defensa al procedimiento por flagrancia, un juez de primera instancia se expidió a favor de su validez. Concretamente –detalló Dalmau– los abogados defensores sostenían que no había en el legajo declaraciones previas de los testigos. Justamente, en un sistema en el que rige el informalismo, ello no es necesario".
Flagrancia
El procedimiento por flagrancia fue incorporado al Código Procesal Penal de Santa Fe en el Título VII del Libro IV. Para poder utilizar esta herramienta, deben darse los siguientes supuestos: que el presunto autor sea sorprendido en el momento de cometer el hecho; que sea sorprendido intentando cometerlo; que sea perseguido inmediatamente después de su comisión; que tenga objetos que hagan presumir que acaba de participar en el hecho; que exhiba rastros que hicieren presumir que acaba de participar en el hecho.
"Acreditados los extremos fácticos, un juicio oral en este contexto, permite una rápida acción de la justicia en función de la mayor demostración de la autoría del presunto autor, velando por las garantías del imputado en un proceso expeditivo", sostuvo Dalmau.
Los hechos
El viernes 16 de octubre, César, un primo y un menor de edad estaban en la vía pública y llevaban consigo un bolso de mano y una bolsa de consorcio. Un móvil de Gendarmería Nacional advirtió la presencia de los tres jóvenes, detuvo su marcha y procedió a identificarlos. El menor intentó escaparse y los dos mayores se detuvieron. De la requisa practicada a César le secuestraron un arma marca Browning calibre 9 milímetros, color plateada y sin numeración ostensible. La bolsa de residuo contenía marihuana y cocaína fraccionda. Por su parte, al menor se le cayó una pistola Block calibre 9 milímetros.