Según los mecanismos previstos en la Constitución, la renovación de la Corte se produciría en forma paulatina, a medida que se generan vacantes por la renuncia, jubilación o muerte de sus miembros, o el caso extraordinario de juicio político. Este diseño dificulta que un mismo Presidente designe a la mayoría de los miembros de la Corte.
En los últimos cincuenta años, la Corte sufrió ocho cambios totales en su composición directamente causados por las inconstancias e inestabilidades de los sucesivos gobiernos.
La ampliación de la Corte más criticada fue la que efectuó el ex presidente Menem en 1990. La misma fue justificada en la necesidad de mejorar el funcionamiento del tribunal, lo que nunca logró, ya que las estadísticas de la misma Corte muestran un mayor retardo en la resolución de causas desde la aparición de la “mayoría automática”.
A la pérdida de legitimidad de la Corte que se fue registrando en la última década se le suma la crisis política de diciembre de 2001. Durante el 2003 se generaron tres nuevas vacantes pero, ante el reclamo de más transparencia y participación de la sociedad, el Presidente Kirchner sancionó el Decreto 222/03, que “autolimita” su facultad constitucional de nombrar jueces en la Corte, que brinda a la ciudadanía la posibilidad de participar en el proceso de designación. Este nuevo procedimiento fue aplicado en la designación de las tres nuevas vacantes. Así, en menos de un año, el Presidente de la Nación nombró a un tercio del tribunal.
Si se concretara la destitución del juez Vázquez y si se confirmaran las versiones sobre la renuncia de otro de los miembros del Tribunal, quedarían vacantes dos nuevos asientos en la Corte por lo que el Presidente Kirchner nombraría a cinco de sus nueve miembros, lo que podría ir en desmedro de los avances que se produjeron a favor de recuperar la legitimidad de la Corte.
La Asociación por los Derechos Civiles viene bregando hace varios años por una mayor transparencia y legitimidad de la Corte Suprema, y creemos que la reducción de sus miembros podría ser un paso importante en esta mejora. La responsabilidad de impulsar y sancionar una ley que establezca la reducción del número de miembros de la Corte es facultad del Poder Ejecutivo y del Congreso.
El Presidente de la Nación podría continuar con el espíritu de autolimitación que originó el decreto 222/03, absteniéndose de nombrar nuevos miembros. Es una oportunidad especial para contribuir a la reconstrucción de la independencia de la Corte Suprema.
El compromiso de los legisladores es igualmente importante en esta búsqueda de mejorar el funcionamiento de la Corte Suprema. Teniendo en cuenta que la adopción de esta propuesta depende del dictado de una ley, a principios de este mes, la ADC acercó un documento que fundamenta esta postura, a los diputados y senadores que integran las comisiones de justicia y asuntos constitucionales de la Cámara de Diputados y de los Senadores de la Nación, así como los legisladores que ya han presentado propuestas legislativas en este sentido.
Fuente: Asociación por los Derechos Civiles (ADC)