Además, el juez Juan Rafael Stinco, del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 3, instruyó a las empresas a restituir los montos cobrados de más mediante créditos aplicables en futuras cuotas, según un plan que deberán presentar.
Esta resolución de Stinco es una medida cautelar en respuesta a una solicitud de la Superintendencia de Salud, enmarcada en el "Caso Wilson", el primer proceso colectivo bajo el DNU 70/2023 en materia de política sanitaria.
Stinco concedió la medida cautelar siguiendo la doctrina de la Corte, que insta a actuar con celeridad en asuntos relacionados con el derecho constitucional a la preservación de la salud de las personas. Subrayó que no se puede ignorar la función social de los contratos con empresas de medicina prepaga.
En términos prácticos, el mecanismo de ajuste de las cuotas establecido por la justicia coincide con el comunicado por la Secretaría de Comercio: volver al precio vigente en diciembre y aplicar el Índice de Precios al Consumidor desde entonces, lo que representa un aumento del 114% para mayo y del 93,3% para las cuotas de abril.
Además, el fallo judicial aborda la devolución de los montos cobrados en exceso. El juez Stinco dispuso que estos se reintegren en forma de crédito para futuros pagos, para lo cual las empresas deben presentar un plan detallado.
En caso de que las empresas se nieguen a cumplir con el ajuste correspondiente, los usuarios pueden comunicarse al 0800-666-1518, línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor, o enviar consultas a consultas@consumidor.gob.ar. Para presentar denuncias, pueden acceder a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.