Derecho de Familia

Justicia de Familia: Ordenan alimentos provisionales para bebé por nacer

La pareja, que convivió durante un año, se separó cuando la mujer cursaba el tercer mes de embarazo, tras ser abandonada por el hombre. De acuerdo con lo estipulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, la madre gestante tiene derecho a reclamar alimentos para garantizar el bienestar del futuro hijo.

El juez Marcelo Escola dictaminó que se retenga al padre el 100% del valor correspondiente a la canasta de crianza para menores de 1 año, calculada según los parámetros del INDEC, además del 25% del Sueldo Anual Complementario, las indemnizaciones, la asignación familiar y la cobertura de obra social. Asimismo, el hombre deberá asumir el 50% de los gastos extraordinarios que surjan.

La canasta de crianza está valorada en 352.561 pesos, y los montos retenidos deberán ser depositados en la cuenta de la madre en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal San Lorenzo.

El fallo del juez también establece que el empleador del padre deberá cumplir con la retención de los fondos sin necesidad de nuevos oficios judiciales, aplicando lo mismo para la liquidación final que el hombre pudiera percibir.

Finalmente, se instruye a la madre que, dentro de los 30 días posteriores al nacimiento, deberá iniciar el trámite de filiación para que se mantenga la obligación alimentaria; de lo contrario, esta podría ser suspendida.

Reflexión final:

Este fallo marca un precedente importante en la protección de los derechos del niño por nacer, asegurando que el bienestar económico esté garantizado desde el embarazo. La decisión judicial pone de relieve el compromiso del sistema legal con la defensa de las madres gestantes y sus hijos, reconociendo la necesidad de brindar asistencia oportuna ante el abandono paterno. Este tipo de resoluciones son fundamentales para avanzar hacia una justicia de familia más equitativa, que no solo se enfoque en el bienestar postnatal, sino también en el prenatal.

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