La Cámara Nacional de Casación Penal ratificó una sentencia de un tribunal que le brinda a las empresas una herramienta para defenderse a la hora de enfrentar denuncias por evasión fiscal.
El alivio no es menor, si se tiene en cuenta que la Ley Penal Tributaria establece sanciones de hasta nueve años de prisión para reprimir los delitos de evasión.
En esta oportunidad, el máximo tribunal penal -anterior a la instancia de la Corte Suprema- eximió de responsabilidad a un contribuyente que actuó en base a un asesoramiento impositivo erróneo.
Así, en la causa: "Almirón, Juan Manuel s/Recurso de queja" los jueces dijeron que el contribuyente cayó en un error de prohibición invencible a partir del equivocado asesoramiento profesional de su contador. (Ver fallo completo provisto por elDial.com).
De este modo, se confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, en la cual se sostuvo que, en materia tributaria, no puede presumirse que los contribuyentes conozcan todos los aspectos técnicos del Derecho Tributario.
"Máxime si se tiene en cuenta la proliferación normativa que en este ámbito se caracteriza por la falta de claridad, precisión y estabilidad", expresó Pablo Augusto Van Thienen, director del CEDEF law & finance.
Para Horacio Romero Villanueva, socio de Gonzalez Correas (h.) & Romero Villanueva si bien la ignorancia de las leyes no se excusa, puede existir un error de prohibición invencible por parte del contribuyente respecto las alcance de las normas tributarias que por su complejidad requieran una instrucción académica especial.
"El director de un empresa puede ser un especialista en administración pero no tener los conocimientos suficientes que le posibiliten conocer o comprender los alcances de la norma prohibitiva y de adecuar la conducta a esa comprensión", agregó el abogado.
Constancia de obrar diligente
Los camaristas sostuvieron que "corresponde sobreseer al acusado del delito de evasión simple, pues el consejo profesional del contador habría guiado esta conducta".
Para Van Thienen, con este fallo se consolida la doctrina que sostiene que la opinión de un profesional especializado y confiable puede servir a la empresa o contribuyente al pago como acreditación de obrar diligente, eliminando así la responsabilidad penal tributaria frente a temas impositivos altamente controvertidos, complejos y confusos.
El propio tribunal admitió un hecho no menos relevante para los contribuyentes al indicar que: "La proliferación normativa en el ámbito administrativo, caracterizada por la falta de claridad, precisión y estabilidad, en la que se advierten reenvíos excesivos, disposiciones sobreabundantes y cláusulas derogatorias confusas, puede producir, según el caso, un claro menoscabo a los principios de certeza y seguridad jurídica".
Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, aseguró que "más allá de la decisión del tribunal, el tema de la imputación al año fiscal de las opciones de compra de acciones de las compañías empleadoras o sus vinculadas, conocidas como stock options -eje de la consulta- ha merecido opiniones encontradas en la doctrina tributaria".
"En consecuencia, la opinión del contador interviniente pudo basarse en una razonable interpretación de la norma; la cual, sin embargo, permitía otros criterios interpretativos, como los que finalmente se utilizaron en la resolución del caso", explicó el experto.
Van Thienen dijo que representa un dato no menor y para tener muy en cuenta si consideramos que es moneda corriente en el específico ámbito del Derecho Tributario, que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dicte normas administrativas excediendo sus limitadas competencias agregando confusión a temas tan áridos y controvertidos como son el régimen de intereses presuntos e impuesto de igualación".
Incluso el tribunal aceptó que "en materia tributaria, no puede presumirse que los contribuyentes conozcan todos los aspectos técnicos del Derecho Tributario sustantivo, máxime cuando, en numerosas oportunidades, la cuestión encuentra complemento o reglamentación en otras normas; en especial en aquellas de naturaleza reglamentaria, como lo son los decretos del Poder Ejecutivo o las resoluciones administrativas dictadas por el organismo recaudador, que, como en este caso, delimitan el alcance de las normas sustantivas".
El letrado sostuvo que no hay que perder de vista que los camaristas confirmaron la idea de que "el ciudadano no debe cargar con la tarea de verificar la corrección del consejo, pues ello lo llevaría a una cadena interminable de comprobaciones que prácticamente impediría todo comportamiento".
Basta entonces con obtener un consejo que merezca nuestra confianza para salir indemnes de un eventual imputación.
Para el tribunal de Casación el delito de evasión se produjo por violación objetiva a normas de Derecho Tributario. De esta forma, el máximo tribunal confirmó los fallos que le precedieron. Lo que faltó para los camaristas fue el aspecto subjetivo de tipo penal: la culpa.
Enseñanzas del caso
Para Van Thienen, el caso "Almirón" deja dos claras enseñanzas:
Contratar asesoramiento profesional confiable puede ser útil a fin de acreditar una conducta diligente limitando de esta forma la responsabilidad penal tributaria frente a temas controvertidos, complejo y confusos, "aún cuando el consejo profesional sea equivocado".
La diferencia de precio entre el valor de las acciones al momento de concederse la opción y el valor de cotización de las acciones al cierre de cada ejercicio, debe ser considerado como ganancia gravada para el beneficiario del stock option aún cuando aquél sea una persona física no habitualista y la ganancia devengada corresponda a la cuarta categoría.
Según Scalone, el fallo de Cámara exculpando al contribuyente por haber seguido razonablemente una conducta aconsejada por su contador en un caso de interpretación compleja resulta totalmente acertado, pues, aún habiéndose producido una sentencia contencioso-administrativa contraria a los intereses del mismo, no por ello debe atribuírsele una conducta evasiva.
"La doctrina de este fallo es una forma de revindicar la posibilidad del error por el asesoramiento, y en materia de delitos tributarios es común que la supuesta maniobra de evasión se deba muchas veces al asesoramiento contable impositivo equívoco o sobre cuestiones opinables, mas que a una voluntad dolosa de eludir el tributo", agregó Romero Villanueva.
Daniela San Giovanni