El aspecto medular del proyecto es la reforma surgida del Plan Estratégico para el Poder Judicial convocado oportunamente por la gestión de Jorge Obeid. El mensaje del ex gobernador fue votado por el anterior Senado sobre el final de su mandato. La nueva composición de Diputados introdujo una serie de cambios, especialmente obligando a los jueces a tomar parte -personalmente- de las audiencias de conciliación e incorporando el procedimiento abreviado.
El Senado actual fue solidario con la postura de la anterior Cámara y lo remitió nuevamente a la Cámara Joven que optó por hacerle perder estado parlamentario en noviembre último. En mayo de este año, con la apertura de las sesiones ordinarias, la comisión de Asuntos Constitucionales con la firma de sus once miembros ingresó el proyecto y el pasado jueves obtuvo la media sanción. En los hechos, ratifica la postura anterior y acepta del dictamen del Senado cambios en los plazos de algunos procedimientos.
"Son cambios importantes"
"Los colegios de abogados y los Institutos de Derecho Laboral han opinando en forma coincidente en la necesidad de que el juez participe de las audiencias conciliatorias y hemos votado en tal sentido", explicó el socialista Raúl Lamberto quien no dudó en calificar "de importantes" las modificaciones previstas en el nuevo código como la incorporación del procedimiento abreviado para causas menores así como la posibilidad de incorporar pruebas durante todo el trámite judicial.
El legislador cuestionó la votación del Senado de eliminar de la ley 7.945 el párrafo que dice: "El juez deberá tomar personalmente bajo sanción de nulidad la audiencia de trámite. En dicha audiencia el juez intentará conciliar a las partes" y dijo que toda la Cámara entiende esto como un retroceso. "La tendencia moderna es oralidad en los procedimientos y conciliación".
Los colegios de abogados justificaron ante la Comisión de Asuntos Constitucionales la necesidad de que esté el juez en las audiencias de trámite para garantizar los principios de inmediatez y oralidad.
Para el socialista "si dispensamos la obligación de los jueces laborales de participar insoslayablemente de la labor conciliadora, estaríamos ante un retroceso procesal para los trabajadores, ya que el ordenamiento adjetivo casi se equipararía al Código Procesal Civil y Comercial, desnaturalizándose el instituto de la conciliación laboral para acercarnos peligrosamente a la noción de transacción civil".
Lamberto llamó a no olvidar que "el juez es el moderador del debate procesal, teniendo a su cargo y en dicha audiencia además de lograr la conciliación, la simplificación de la cuestión litigiosa y la reducción de la actividad probatoria para evitar dilaciones innecesarias. Ello se logra con la presencia del juez en la audiencia en cuestión, tomando contacto personal con las partes y los hechos por ellas invocados".
En caso de ser sancionado el proyecto, se establece que las reformas entrarán en vigencia a los 90 días de su publicación pero se aclara que los juicios iniciados durante la vigencia de la ley Nº 7.945 continuarán rigiéndose por sus disposiciones.