El Colegio de Abogados de La Plata siente el deber de expresarse respecto de los proyectos presentados por el Poder Ejecutivo Nacional en trámite por ante el Congreso de la Nación, referidos a la reforma de la justicia nacional y federal, denominada genéricamente "democratización de la justicia".
No podemos dejar de manifestar nuestra honda preocupación ante el contexto en que se pretende plantear este debate, el que necesariamente debía involucrar a todos los sujetos que en algún modo nos encontramos vinculados al sistema judicial, para lograr generar medidas que contribuyan a la conformación de una verdadera política de estado que supere la transitoriedad de los gobiernos.
El sistema democrático, que hemos contribuido a consolidar desde 1983, necesita como uno de sus pilares fundamentales que exista un Poder Judicial independiente, para garantizar la igualdad de acceso y tratamiento para todos los ciudadanos.
Creemos que debe darse un amplio debate y diálogo de todos aquellos hombres de buena voluntad que crean que es necesario sostener un poder judicial probo y moderno; y que, entre otras cuestiones:
garantice la seguridad jurídica;
incorpore conceptos de formación permanente;
dinamice la designación de los jueces mediante un Consejo de la Magistratura equilibrado en su conformación;
incorpore mayores pautas objetivas para lograr la destitución de los jueces que no cumplen con dignidad y honestidad sus tareas,
posea un presupuesto acorde para su funcionamiento reflejando su trascendencia institucional
esté destinado a lograr una justicia más eficiente a la hora de acercar la paz social al pueblo
sostenga la investidura de los magistrados y funcionarios para que -sin privilegios más que los funcionales- puedan elevarse por encima de las posibles presiones a las que puedan ser sometidos, para poder ser custodios de la Constitución y el derecho, sabiendo que tal responsabilidad conlleva mantenerse impolutos para sostener su imparcialidad e independencia libres de toda coerción, coacción o amenaza.
En ese marco, advertimos que los proyectos en cuestión en nada contribuyen en la búsqueda de una justicia más ágil y eficiente, sino que por el contrario se constituyen -claramente- en un explicito modo de extender en el tiempo la duración de los procesos, lo que siempre beneficia a quienes mayor poder tienen en nuestra sociedad.
Si a ello se suma la existencia de un deliberado avance del poder político sobre los órganos jurisdiccionales, violentando principios de raigambre constitucional y se limitan la posibilidad de dictar medidas cautelares o su duración, como modo asegurativo o anticipatorio de la decisión judicial final, nuestros derechos como ciudadanos consagrados en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales incorporados a ésta, se verán cada día más vulnerados.
Es evidente que ninguna de estas iniciativas aborda la necesidad de instaurar las reformas que resultan imprescindibles por ser acordes con la dinámica de los tiempos que transcurren, las que siguen apareciendo demoradas, postergadas y hasta olvidadas, pese a que podrían ser instrumentos idóneos para aligerar el proceso y democratizar la decisión jurisdiccional, como ejemplo el expediente digital, el juicio por jurados, la justicia de menor cuantía, incorporación de los abogados a la defensa pública y tantas otras iniciativas que podrían conducir a convertir a las herramientas procesales en un mecanismo útil para procurar una mayor promoción y protección de derechos de los habitantes de nuestro suelo.
El desafío actual es adecuar las estructuras del sistema judicial para poder adaptarlo a los tiempos que corren, pensando nuestra República para las próximas décadas.
Por ello las reformas no deben ser solo el resultado de un conflicto coyuntural, sino que deben apuntar principalmente a un Poder Judicial que asegure al ciudadano que en ese espacio sus derechos se encontrarán garantizados y, cuando fueron vulnerados, reestablecidos en tiempo y forma.
Mientras los proyectos no apunten a evitar que las causas judiciales sigan demorando cada vez más tiempo, se cuenten por años las fechas de audiencias a celebrarse; las resoluciones judiciales finales y definitivas se dicten más tarde en el tiempo con afectación a la verdad objetiva; las acciones arbitradas por los justiciables deban esperar años para una decisión definitiva, y en los casos previsionales, esas sentencias ni siquiera se cumplan, no se estará consolidando la democracia y la República, sino -y por el contrario- se continuará convalidando la vulneración del acceso a la justicia como derecho humano.
Por ello, sostenemos con profunda convicción, que el Poder Judicial constituye un pilar fundamental para asegurar la plena vigencia de los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos y de ahí que su integración y funcionamiento deba obedecer a un criterio de independencia para evitar posibles excesos de otros poderes.
En ese marco advertimos que la elección popular de los Consejeros que deben representar a los jueces, académicos y abogados de la matrícula federal, resulta violatoria de la Constitución Nacional en orden a la representación estamentaria que establece su artículo 114.
La incorporación de esta norma en el marco de la Convención Constituyente de 1994 fue explícita en el sentido de pretender que el Consejo de la Magistratura se conforme como un órgano equilibrado, en el que ninguno de los estamentos involucrados pueda predominar sobre los otros, y en el que se favorezca con ello una necesaria interrelación entre los representantes de los jueces, abogados, académicos y el estamento político (diputados, senadores y poder ejecutivo) en cuanto su condición de representantes del pueblo.
Así como los Diputados y Senadores determinan cuales de sus miembros serán sus representantes, los que no han sido elegidos por los ciudadanos de sus provincias con esa finalidad específica; debemos ser por expreso mandato constitucional, los propios abogados -en nuestra condición de representados- quienes elijamos democráticamente a nuestros representantes.
Es indudable que con el proyecto elevado a consideración del Congreso Nacional lejos de garantizarse la independencia del Poder Judicial, se procura una directa vinculación de todos los consejeros con el poder político, afectando indudablemente esa independencia que hace a unos de los pilares fundamentales de la República.
Se están transitando horas decisivas que tienen que ver con la defensa del estado de derecho y las instituciones de la República, y por ello resulta esencial evitar cualquier precipitación legislativa que violente el espíritu de la Constitución vigente