La Jueza de Instrucción de la 2° Nominación de Rosario, Dra. Alejandra Rodenas, dio a conocer un comunicado relacionado con las causas de los homicidios de Luis Medina y su pareja y las actuaciones derivadas de las denuncias sobre presunta manipulación a la computadora del empresario. El comunicado dice lo siguiente:
"En el marco de la causa caratulada “NN S/ HOMICIDIO AGRAVADO-VÍCTIMA: LUIS MEDINA-JUSTINA LÓPEZ CASTELLI”, de trámite por ante éste, oportunamente comparecieron Diputados Provinciales integrantes de la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, quienes efectuaron una presentación comunicando hechos que a su criterio debían ser investigados por la Justicia Penal, con eventual intervención de funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo -a cuyos términos corresponde remitirse-. Atento a que la mencionada comunicación lo fue con posterioridad a la entrada en vigencia del Nuevo Sistema de Enjuiciamiento Penal y por aplicación de lo normado en el art 2do de la Ley 13004, se remitieron copias de dicha presentación al Ministerio Público de la Acusación, a los fines de la eventual investigación a practicarse, las que fueron reintegradas desde el mismo, señalándose que no se había dado intervención, en los términos del art 184 del C.P.P, al Sr Representante del Ministerio Público Fiscal (actuante en el Sistema Conclusional). Recepcionadas que fueran, en este Juzgado, las actuaciones, se cumplimentó con el traslado requerido y contestado que fue, en la fecha, se reintegraron las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación al entenderse que es el ámbito en que debe decidirse en orden a la existencia o inexistencia de acciones con relevancia penal.
Todo ello, sin perjuicio de la normal tramitación de la causa antes señalada, relacionada al doble homicidio de los nombrados, que continúa investigándose ante esta dependencia jurisdiccional, y que en nada ha resultado afectada por la cuestión relatada. En el marco de la misma se continúan realizando numerosas diligencias investigativas ( testimoniales, solicitudes de informes, registros domiciliarios en ésta y otras jurisdicciones, periciales, etc) a los fines de dar adecuado cumplimiento con lo dispuesto por la normativa procesal provincial, la cual señala claramente los fines de la instrucción (reconstrucción histórica del hecho atribuído; individualización de autores, cómplices o instigadores; comprobación del daño causado, etc) y las facultades detentadas por los magistrados de la Justicia Ordinaria para cumplimentarlos, que en momento alguno han sido perdidos de vista .
Aclarándose, asimismo, que la competencia de este Juzgado para entender en mencionada investigación (causa Nro 08/2014) caratulada “NN S/ HOMICIDIO AGRAVADO-VÍCTIMA: LUIS MEDINA-JUSTINA LÓPEZ CASTELLI” en momento alguno ha resultado controvertida".
Rosario, 13 de marzo de 2014