Maternidad: tomó plazo de excedencia sin previo aviso y aún así la firma deberá indemnizarla.
Como la empresa no intimó a la empleada para que retome sus tareas, luego de gozar de la licencia de 90 días, y tras decidir unilateralmente dar por concluido el vínculo laboral, la dependiente reclamó ante la Justicia que condenó a la compañía a abonarle un resarcimiento agravado de 13 sueldos.