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Una administración tributaria responsable

Por primera vez, luego de 24 años de gobierno justicialista, implementamos la figura de la medida cautelar (una medida preventiva para asegurar el cobro de una deuda), como consecuencia de un concepto de Estado muy distinto al que se venía pregonando y llevando adelante.
La ejecución de esta medida en el caso de TPR nada tiene que ver con el reclamo de algunos legisladores justicialistas, que resultan extemporáneos dado que la deuda de esa empresa surgió por la falta de pago de impuestos de Sellos generados en los contratos de concesión del Ente Administrador Portuario de Rosario (Enapro) con TPR, en el año 2002 y de la renegociación en 2004, ambos anteriores a la actual gestión de gobierno.
En este escenario, quienes estaban en el gobierno no pueden alegar que el Estado desconocía la situación, porque fue el propio presidente del ente quien la comunicó a la API el 28 de febrero de 2005, dando inicio al procedimiento.
Paradójicamente, el Estado provincial tardó 5 años para determinar el tributo, y sin tomar ningún tipo de medida para asegurar el cobro, siendo que en setiembre de 2007 ya se contaba con una liquidación.
Por todo lo expuesto, entendemos que la inacción sobre la deuda de TPR no fue casualidad, sino consecuencia de la forma de actuar que tuvieron las gestiones anteriores en los 24 años de gobierno que nos precedieron, con una administración tributaria inexistente.
En este marco, descartamos la acusación de un trato privilegiado con TPR. Tal vez para aquellos que durante 24 años dejaron que la administración tributaria funcionara por inercia, que quienes querían pagar por propia voluntad lo hicieran pero quienes debían al Estado nunca eran compelidos a cumplir, tal vez el trato hacia este contribuyente en particular pueda ser interpretado como una clase de privilegio.
Para nosotros, el privilegio lo tienen todos los santafesinos cuando van a la escuela pública, cuando gozan de espectáculos públicos, cuando pueden acceder a un hospital de alta complejidad en la ciudad cercana o a un centro de salud en su barrio o localidad.
Entonces queda claro que no hubo negligencia como acusan algunos legisladores de la oposición: tanto los abogados de la API como los de la Fiscalía de Estado han trabajado a conciencia con todas y cada una de las medidas de este tipo llevadas adelante, habiendo logrado en muchos casos como este que el contribuyente reconozca la deuda y se acoja a un plan de pagos. Teniendo en cuenta que no había antecedente alguno sobre esta forma de cautelar y proteger los créditos del Estado, no parece razonable hablar de negligencia luego de 24 años de una administración tributaria inexistente.
En cuanto al accionar de la actual gestión, por primera vez en la provincia una administración tributaria logra tantas garantías como acreedor, como ser el reconocimiento total de una deuda por capital y sus intereses, un plan de pago y un seguro por este monto.
Estas garantías se logran a instancias de esta administración, puesto que quienes hoy afirman haber logrado que el ministro de Economía proceda a ejecutar dicho seguro de caución, durante 24 años no se acordaron siquiera de que existía una Administración Provincial de Impuestos.
Nunca se preocuparon siquiera por proteger los créditos del Estado utilizando las herramientas que el mismo Código Fiscal brinda, porque nunca entendieron que sin impuestos no hay democracia, no hay Estado y, por ende, no hay salud, educación, justicia, seguridad; esa es la base de partida de una diferencia insalvable: el Estado existe por y para los santafesinos.
La forma de actuar del Ministerio de Economía, y de todo el equipo de trabajo, responde a la necesidad planteada por este gobierno de lograr equidad en todo el territorio y constituir un Estado que garantice los derechos de todos los santafesinos, para lo cual es indispensable contar con recursos para afectar a esos fines.
Por eso, para quienes entendemos que la gestión pública de la administración tributaria debe ser responsable, buscar los caminos donde
valores tan importantes para el Estado se conjuguen es
la tarea diaria.
A todo lo expuesto debemos agregar que existieron en la realidad concreta una serie de hechos que hicieron que la API procediera de la forma que lo hizo: primero, la medida cautelar ordenada por el juez interviniente (embargo sobre las cuentas bancarias del contribuyente) no llegó a hacerse efectiva dado que no existía la cantidad de dinero en las cuentas; segundo, en diciembre de 2008 TPR se presentó ante la Secretaría de Estado de Trabajo iniciando un procedimiento preventivo de crisis (que involucraba a 200 empleados mensualizados del Supa, 300 estibadores, 40 empleados fuera de convenio y entre 150 y 300 trabajadores indirectos); tercero, la empresa contribuyente presta un servicio público que se encontraba en riesgo; cuarto, la empresa formula un convenio de pago mediante el cual reconoció y consintió el total del capital de la deuda más los intereses, manteniendo el cuestionamiento y los recurso respecto de la multa; y quinto, se ofreció un seguro de caución por el monto que correspondía a capital. No obstante, a los pocos meses de estos hechos Terminal Puerto Rosario se presenta en concurso preventivo.

Sergio Beccari – Subsecretario de Ingresos Públicos del Ministerio
de Economía de la
provincia de Santa Fe

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