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El juicio político a Moliné daría su primer paso esta semana en el Senado

Con el juramento de los senadores de ”administrar justicia con imparcialidad y rectitud conforme a la Constitución y a las leyes de la Nación”, la sesión, según se estimaba ayer, se realizaría pasado mañana.

Así, el enjuiciamiento a Moliné O’Connor dará su primer paso en la Cámara alta. Luego, los legisladores deberán cumplir los pasos establecidos en el reglamento del Senado que demandarán algunos meses de trabajo, que algunos estiman en algo más que dos, por lo que recién a partir de fines de octubre estaría en condiciones de ser tratada en el recinto la conducta del ministro a la luz del análisis de la acusación y de la defensa.

En principio, el miércoles, los legisladores de la Cámara alta podrían en marcha formalmente el enjuiciamiento político de Moliné O’Connor al jurar que administrarán justicia con ”imparcialidad y rectitud” y al fijar una fecha para que una comisión conformada por diputados presente la acusación ante el cuerpo.

En este sentido, fuentes legislativas estimaron que para la semana siguiente se acordaría la presentación en el recinto de los diez cargos formulados contra Moliné por presunto mal desempeño de sus funciones, aprobados el miércoles último por la Cámara baja con el respaldo de 139 diputados, el rechazo de 19 y la abstención de 4.

La exposición de los cargos, de acuerdo con lo establecido por los reglamentos de la Cámara baja y del Senado, estará a cargo de una comisión conformada por diputados -en principio tres- que fundamentarán el presunto mal desempeño del que el cuerpo consideró responsable a Moliné en el marco de los llamados casos Meller, Macri y Magariños.

Una vez oída la acusación por parte del Senado, ese cuerpo deberá darle traslado al acusado ”para que la conteste en el término de 15 días”, plazo que vencería a mediados de septiembre. En ese marco, el acusado puede solicitar la ”apertura a prueba”, posibilidad a la que acudiría Moliné O’Connor.

Esa apertura a prueba consiste en la posibilidad de que el propio ministro acusado requiera el estudio de pruebas sugeridas por él mismo en su defensa, como así también la alternativa de convocar a personas que atestigüen sobre su desempeño ante los legisladores de la Cámara alta.

Si bien la consideración final de la conducta de Moliné O’Connor debe ser tratada en el pleno del cuerpo, lo cierto es que los distintos pasos del procedimiento del juicio político deben ser ordenados y llevados a cabo en el marco de la comisión de Asuntos Constitucionales, que actúa como secretaría del tribunal.

Es que si bien se trata de un proceso de juicio político, las funciones que cumplen tanto los diputados como los senadores y, dentro de la Cámara alta, la comisión de Asuntos Constitucionales -presidida por Cristina Fernández de Kirchner-, son similares a los distintos actores que intervienen en un proceso judicial.

Jueces y fiscales

De hecho, los senadores cumplen en este proceso una función similar a la de los jueces -dado que deben juzgar si le cabe o no la figura de mal desempeño para proceder a la destitución del acusado- mientras que los diputados actúan cual si fuesen fiscales al sostener los argumentos de la acusación.

En caso de que la defensa del acusado ofrezca sus propias pruebas, el Senado deberá reunirse, en sesión pública o secreta, para evaluar si corresponde o no esa apertura, la que puede ser rechazada con el voto de los dos tercios de los presentes en caso de que las pruebas fueren ”manifiestamente improcedentes, superfluas o meramente dilatorias”.

De todos modos, el artículo 6 del reglamento del juicio político en el Senado establece que, en el caso de abrirse el juicio a prueba, ”el término máximo para la producción de la misma será de 30 días”, por lo que todo hace suponer que, de producirse, se extendería hasta mediados de octubre. Finalizado el plazo para la prueba, se fijará el día para que se produzcan los alegatos, luego de lo cual el cuerpo deberá proceder inmediatamente a deliberar ”en forma secreta si son ciertos los cargos que se imputan al acusado” y, más tarde, en una sesión pública, cada legislador deberá responder si el acusado es culpable o no de los cargos que se le hacen.

Tal como lo establece la Constitución nacional, para que se proceda a la destitución del acusado, el Senado deberá reunir los dos tercios de los votos de los presentes, caso contrario la acusación queda archivada y el juicio político terminado.

Fuente: www.lacapital.com.ar

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