Rechazan el pedido del cese de uso de la marca de un multimedios como parte de un blog
Declara improcedente el pedido del cese de uso de la marca de un grupo multimedios como parte de la denominación del blog “quetepasaclarín”. Señala que no existe por parte del creador del blog una actitud denigratoria de la marca, ni un interés ilegítimo de desconocer la titularidad de la misma. Añade que ante la tensión que genera la aplicación del derecho marcario y el derecho a la libertad de expresión, debe inclinarse por este último en atención a las particulares circunstancias de la causa, ya que es evidente la falta de equivalencia entre un grupo empresario de la magnitud del peticionante y un particular que pretende habilitar un blog para la discusión.